¿Por qué invertir en inmuebles que se pueden rentar por días?

Todo lo que debes saber sobre este tipo de inversión

Durante los últimos años el comportamiento de hospedaje turístico ha dado un vuelco, casi que hoy todas las personas que viajan constantemente han tenido la experiencia de quedarse en propiedades residenciales que tienen un uso turístico. Esto ha permitido que se encuentren alternativas más accesibles en términos de precios y en muchos casos con mejores servicios y comodidades. 

Sin duda alguna el Eje Cafetero no es la excepción, pues al ser un destino turístico por excelencia en Colombia, convierte esta alternativa de inversión en una gran oportunidad.

Sin embargo hoy queremos contarte las ventajas y la manera correcta en la cual se debe realizar esta actividad. 

Queremos empezar por mencionar las características de una propiedad que puede ser rentada por días:

 • Son inmuebles que se alquilan por un periodo menor a 30 días.

 • El reglamente de propiedad horizontal del conjunto/proyecto donde se encuentra el inmueble debe permitir el alquiler por días, de lo contrario no puedes rentar tu propiedad por estancias menores a 30 días, ya que de hacerlo podrías incurrir en una multa.

 • Puede ser cualquier tipo de inmueble: casa, apartamento, finca.

 • Debe contar, como mínimo, con los siguientes espacios: habitación, sala-comedor, cocina y baño.

 • Debe estar amoblado, es decir debe estar dotado con lo necesario para que pueda ser habitado: Camas, sabanas, cobijas, almohadas, toallas y dependiendo del tamaño y servicios a ofrecer debe tener la cocina dotada, nevera, lavadora, entre otras. 

• Debe tener los servicios públicos activos: agua, luz, gas e internet.

Tus respensabilidades como propietario de una propiedad que se renta por turismo son las siguientes:

-Las viviendas destinadas al alquiler turistico, deben estar inscritas ante el Registro Nacional de Turismo. Te compartimos toda la información necesario para este proceso.

- El Registro Nacional de Turismo debe actualizarse cada año.

- Debes registrar tu actividad ante la cámara de comercio de la ciudad donde se encuentra ubicado tu inmueble. 

- Sistema de check in y check out. Reporte y registro en las plataformas turísticas exigidas por la reglamentación vigente.

- Coordinar el aseo del inmueble.

Estos deberes los puedes hacer tu mismo ó apoyarte en una inmobiliaria y/o operador turístico especializado en esta actividad.

La administración de este tipo de actividades por una empresa especializada esta entre el 15% y 30% sobre el valor final rentado durante el mes. 

La rentabilidad de esta inversión es mucho mayor al alquiler tradicional, se habla aproximadamente de un 100% adicional adicional comparado con la renta tradicional, con un plus adicional también y es que podrás usar tu propiedad cuando la necesites ó cambiarte a la modalidad de renta tradicional en el momento que lo quieras.

Invertir en inmuebles que permitan una operación turistica es una excelente inversión inmobiliaria.

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